Normas Reguladoras de la Comisión de Calidad Urbana y de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico de la Ciudad de Madrid
En cumplimiento de las previsiones del Plan General y con la finalidad, por otra parte, de impulsar la política municipal dirigida a conseguir un paisaje urbano de calidad, así como garantizar la máxima protección del patrimonio histórico-artístico de la Ciudad de Madrid, se elaboraron las Normas Reguladoras que establecen la estructura necesaria para conseguir dichos objetivos, estructura que se compone por la Comisión de Calidad Urbana y por la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico Artístico y Natural, donde quedan integradas las funciones de la citada (ver la entrada anterior del blog) Comisión de Estética Urbana. Estas normas entraron en vigor en marzo de 2007.
El Título II regula la Comisión de Calidad Urbana, estableciendo sus funciones, consistentes, fundamentalmente en la dirección, planificación y coordinación de acciones que componen el diseño de la ciudad, su composición en la que tienen amplia representación las Áreas correspondientes del Ayuntamiento de Madrid y Entidades de carácter público o privado relacionadas con la calidad del paisaje urbano, así como personas de reconocido prestigio en la materia.
El Título III que se divide, a su vez, en tres Capítulos y dos Secciones se refiere a la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural, regulando sus funciones y atribuciones, señalando las actuaciones en que se deberá emitir dictamen preceptivo.
(Información contenida en la web del Ayuntamiento de Madrid) (las negritas son adaptaciones para este blog)
Los valores culturales y paisajísticos de Madrid se cotizan al alza. El Ayuntamiento de la Ciudad ha puesto en marcha las nuevas Comisiones de Calidad Urbana y de Protección del Patrimonio tras la aprobación de sus normas reguladoras, y después de un periodo de información pública durante el que entidades y ciudadanos han podido opinar sobre la nueva estructura.
Los dos órganos de nueva creación suponen un paso más en el Plan de Revitalización del Centro. El Gobierno de la Ciudad quiere conseguir mayor participación y transparencia en la protección del patrimonio y potenciación de la calidad urbana.
La Comisión de Calidad Urbana sustituye a la Comisión de Estética Urbana. La Comisión de Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural suple a la Comisión de Control y Protección del Patrimonio.
Comisión de Calidad Urbana
La Comisión de Calidad Urbana amplía sus competencias, que hasta ahora eran fundamentalmente determinar la ubicación de elementos escultóricos. El Ayuntamiento pretende con el nuevo comité que el paisaje de la ciudad responda a un modelo basado en criterios homogéneos y coherentes. La nueva Comisión, por tanto, se ocupará de establecer los criterios en relación a todos los elementos que inciden en la configuración del paisaje urbano.
Su objetivo principal es aprobar un Plan Director del Paisaje Urbano, que contemple las necesidades específicas de cada zona de la ciudad, prestando una especial atención al centro histórico.
En cuanto a su composición,
- está presidida por el titular del Área de Urbanismo, e
- integrada por los concejales de Las Artes, Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, Seguridad y Servicios a la Comunidad, Economía y Participación Ciudadana y el competente en materia de Coordinación Territorial;
- un representante por cada Grupo Municipal sin responsabilidad de gobierno,
- el decano del Colegio de Arquitectos,
- el director de la Escuela Superior de Arquitectura,
- el director de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando;
- cuatro profesionales urbanistas, paisajistas, diseñadores o arquitectos de reconocido prestigio internacional, y
- un historiador también de reconocido prestigio.
- La secretaría la ocupa un funcionario del Área de Urbanismo.
Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural
Entre sus principales competencias figuran la emisión de informes preceptivos sobre cualquier actuación que se lleva a cabo sobre edificios con algún tipo de protección, así como informar de los instrumentos de planeamiento que afecten a algún ámbito protegido.
Actuará bajo los criterios que establezca la Comisión de Calidad Urbana, que son vinculantes para todos los servicios municipales. Otra novedad en relación a las competencias de este organismo es que dictaminará sobre la ubicación e idoneidad de los elementos escultóricos de la ciudad.
Está integrada por:
- un presidente, el Coordinador General de Urbanismo;
- el vicepresidente es el director general competente en materia de Planificación y Evaluación Urbana;
- tres representantes de las Áreas de Las Artes, Medio Ambiente y Servicios de la Ciudad, y de Urbanismo;
- el subdirector General para la Gestión Privada del Área de Urbanismo;
- un representante del Colegio de Arquitectos de Madrid y
- otro de la Escuela Superior de Arquitectura de Madrid, así como
- un arquitecto de reconocido prestigio.
Cuando la Comisión ejerza las funciones sobre idoneidad y ubicación de grupos escultóricos y elementos ornamentales singulares, habrá
- un representante de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando,
- otro de los Cronistas de la Villa y
- un historiador de reconocido prestigio.
- El secretario será un funcionario licenciado en derecho.
En determinados casos podrán asistir a la comisión con voz y sin voto representantes de asociaciones y agentes que puedan verse afectados por el asunto a tratar: la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid, o la Asociación de Promotores Inmobiliarios, entre otros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario